Imagen del último partido de copa entre el Chami y el Cisneros en Pepe Rojo
Rugby | El Salvador Hermi
Desacuerdo con la resolución del CNDD
1 de Mayo de 2014
Reproducimos íntegro el texto de dicha carta:
El Club de Rugby el Salvador informa de que no está de acuerdo con la resolución del Comité de Disciplina Deportiva respecto del encuentro no disputado entre C.R Cisneros y Getxo R.T., en el que dan como ganador a C.R Cisneros por el tanteador de 7-0, anotándole 5 puntos en la clasificación general. Resolución que considera injusta y dictada a sabiendas de que lo es. Y por lo tanto recurrirá dicha sanción, solicitando la suspensión cautelar de la misma. Pudiéndose jugar dicho encuentro el fin de semana del 10-11 de mayo.
Primero.-¿ Por qué se admite adelantar un encuentro en la última jornada que influye a muchos equipos implicados y no se acuerda disputar todos los encuentros a la misma hora y fecha? O al menos por que no fue consultado a todos los participantes de la competición.
Segundo.- Si el Getxo R.T. admitió el adelanto favoreciendo al Cisneros, que lo propuso ¿cómo va a ser después quien no ha querido comparecer habiendo contratado un autobús para desplazarse a Madrid?
Tercero.- El Getxo R.T. tenía una causa de fuerza mayor para no comparecer como en derecho se ha venido siempre reconociendo y no es de recibo que se le niegue el derecho porque se le haya ofrecido poner coches particulares que tendrían que haber volado para que se disputara en tiempo y forma. El Getxo R.T. estaba en su derecho a no jugar por causa justa como en reiteradas resoluciones de la FER se ha acordado, y se le ha negado el derecho a ello mediante una resolución que es a todas luces injusta y absolutamente contraria a derecho.
Cuarto.- Se trata de una causa de incomparecencia por causa de fuerza mayor que reglamentariamente supondría la repetición del encuentro. Y haber acordado lo contrario es injusto y a opinión de esta parte contraria a derecho.No es de recibo que se pretenda hacer jugar al Getxo R.T. llevándoles coches particulares, que no es de recibo en una competición de elite y cuando dicho equipo se juega toda una temporada, por cuanto no se les garantizaba el mínimo tiempo para llegar en plenas condiciones físicas y psicológicas, para calentar y salir al campo adecuadamente.
Quinto.- Pero la mayor de las irregularidades que comete el COMITE DISCIPLINARIO DE LA FER, a mayor abundamiento, es que la resolución que se adoptará, sabiendo que afecta a múltiples Clubes afectados, ni si quiera se les dé traslado de forma urgente para realizar alegaciones, por cuanto de dicha forma se preservaría el derecho de todos y cada uno de ellos participantes en la competición y que sus intereses se ven absolutamente afectados.
Por consiguiente la resolución que se adopte es Nula de Pleno Derecho, vulnera los derechos de los afectados y partícipes de una competición deportiva a quienes ni si quiera se les ha oído y en consecuencia ha podido, si no se corrige, desvirtuar la competición hasta el extremo que seguramente podrán ser los tribunales de justicia los que finalmente al cabo de un tiempo decidan quien fue el ganador de la misma.
Sexto.- El Getxo R.T., suponemos que recurrirá, pero El Salvador Club de Rugby y otros clubes tienen su derecho a discutir e impugnar esa decisión que a todas las luces es plenamente injusta y como decimos contraria a derecho.
Firmado Juan Carlos Martín, Presidente del club de Rugby el Salvador y la Junta Directiva.